Se dicta la ley que determina el Escudo de Armas de la República, como sigue:
"Presentará en campo cortado de azul y de gules una estrella de plata; tendrá por timbre un plumaje tricolor de azul, blanco y encarnado; y por soportes, un huemul a la derecha y un cóndor a la izquierda, coronado cada uno de estos animales con una corona naval de oro"
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